Estricto Cumplimiento de la Norma NCh203 |
Según la ley vigente, el acero estructural en Chile debe cumplir los requerimientos exigidos por la norma NCh203 Of.2006 – Aceros para uso estructural – Requisitos. Particularmente, para estructuras sujetas a cargas dinámicas, esta norma contiene exigencias específicas para la tenacidad y limitaciones a la sobre resistencia, de manera de asegurar un comportamiento dúctil de la estructura durante un sismo.
El acero ASTM A36 es de uso frecuente en todo el mundo, pero no todas las partidas cumplen con las exigencias de la normativa chilena. El uso de este acero en Chile, está obligatoriamente condicionado a la verificación y certificación de sus propiedades por organismos nacionales acreditados.
Abril 2018. Seminario Instituto Chileno del Acero (ICHA).
Alcances Normativos, Regulatorios y Legales del Uso del Acero Estructural según Norma NCh203.
Principales conclusiones del seminario:
- Estructuras chilenas requieren aceros con tenacidad garantizada y límites a la sobre resistencia.
- Se está incurriendo en un grave incumplimiento de la normativa vigente, dado que:
- No se verifican los requerimientos adicionales de los aceros exigidos por la norma.
- No se certifican los aceros en Chile por los organismos acreditados.
Preguntas Frecuentes
¿Qué aceros estructurales se pueden utilizar en Chile?
R.: En nuestro país, sólo se pueden utilizar los aceros que cumplen los requisitos de la norma NCh203 Of.2006. Acero para uso estructural – Requisitos.
¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los aceros importados para ser utilizados en estructuras sismo resistentes u otras cargas de origen dinámico en Chile?
R.: Los aceros importados deben cumplir los requisitos indicados en la NCh203, Anexo C. En particular, la norma exige requerimientos adicionales de tenacidad y limitación a la sobre resistencia, no considerados por la norma ASTM, que deben ser verificados y certificados.
¿Quiénes pueden ensayar y certificar los aceros para uso estructural en conformidad con la norma NCh203?
R.: La certificación de los aceros debe ser realizada por organismos certificadores acreditados por el INN según la NCh17065:2013, y laboratorios acreditados según NCh17025:2017, inscritos en el Registro Oficial de Laboratorios de Control Técnico de Calidad de Construcción del MINVU según D.S. Nº10 del MINVU. En la actualidad los organismos autorizados son el IDIEM y el DICTUC.